miércoles, 4 de diciembre de 2013

Articulo de Psicología forense


PSICOLOGÍA FORENSE

La Psicología, constituye una ciencia que estudia el comportamiento humano, en cuanto a sus actividades, sentimientos y razones de las personas, junto a sus causas y efectos; en tanto que el Derecho es una ciencia que estudia el conjunto de principios, preceptos y reglas a que están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad civil y a cuya observancia pueden ser compelidos los individuos por la fuerza (Real Academia Española, 1992).
La Psicología Forense, es una rama de la Psicología Jurídica, que aplica sus conocimientos y métodos a los procedimientos judiciales, con el fin de asesorar al jugador ó los juzgadores (tribunales) en su toma de decisiones, con relación a las resoluciones que ellos dictan.   

HISTORIA DE PSICOLOGIA FORENSE
La Psicología Forense es como una disciplina relativamente nueva que se encarga de aplicar la Psicología al ámbito jurídico. Sin embargo el término de Psicología Forense aparece en distintas publicaciones con anterioridad al siglo XX. Los primeros hechos históricos que tienen relación con la intervención del Psicólogo en el contexto legal y que facilitaron el establecimiento de un nuevo campo de investigación se remontan a los últimos años del siglo XIII y, actualmente puede considerarse que la relación entre Psicología y la Ley tienen en general una mayor importancia en los países anglosajones y en particular en los Estados Unidos, las raíces de esta relación nos transporta hasta Europa. Fue especialmente en Alemania e Italia dónde a raíz de los movimientos nacionalistas dela escuela criminológica y de los estudios de masas de la Psicología Colectiva aparecieron las primeras evidencias del desarrollo de una nueva área dentro de la Psicología.
De esta forma llegamos a los años 50 y 60, donde se presenta un verdadero auge de la Psicología Forense, debido al movimiento político e intelectual de la época, y es precisamente en este momento dónde se presenta el acercamiento del Psicólogo en los tribunales de justicia y con ello se abre la posibilidad de integrar la Psicología y el Derecho.
Ya en los años 70, se caracterizan por el aumento de los trabajos tanto empíricos como teóricos realizados en el campo de la Psicología Forense por parte de la Psicología Social, Psicología Cognitiva y Psicología Experimental
Actualmente es necesario destacar el hecho de que en algunas ó en las mayorías de las salas de justicia en el mundo, se empieza a requerir la participación e intervención de un Psicólogo como perito o experto, comenzando a su vez la opinión pública a tomar conciencia de las distintas funciones que un Psicólogo puede realizar dentro del marco legal.

CAMPOS QUE COMPRENDE
Juzgados de Familia, precisamente fue en estos juzgados donde se crearon los primeros equipos técnicos con participación de los Psicólogos, en colaboración de los trabajadores sociales; aquí el l psicólogo actúa a requerimiento del juez, generalmente para informar sobre la situación personal y familiar de los conyugues en procesos contenciosos como ser: de divorcio, para la guarda y custodia de los hijos y el establecimiento del régimen de visitas correspondiente, en los procesos de protección de menores.
Juzgados de Menores, los equipos técnicos adscritos a estos juzgados de menores, se encargan de la valoración de los menores delincuentes o infractores, su labor consistirá en la elaboración de informes con trabajadores sociales y educadores, evaluando la personalidad y condicionantes (educativos, familiares…)de los menores infractores y recomendando las medidas a aplicar.
TEORÍAS PSICOLOGICAS
Dentro de las escuelas psicológicas que más influencia ha tenido en el desarrollo, de la ciencia criminológica, está el Psicoanalisis, representado por Freud, que sostiene que la personalidad es el resultado de fuerzas ajenas a la consciencia del sujeto, motivaciones esta, que pueden ser índole sexual principalmente.
También encontramos el Conductismo, que es un corriente dela psicología que defiende fervientemente la idea del método científico, pues en si esta escuela es netamente científica y parte gracia a la base de Wunt, sus mayores exponentes son Pavlov, Watson y Skinner, quiénes plantean el conductismo clásico y el operante, esta teoría poseía una visión mecanicista del hombre pues se basa en el concepto de arco reflejo base de estímulo y respuesta, indicando que el hombre está determinado por medio que lo rodea, y esto produce estímulos que lo condicionan a determinados actos.
Para la escuela Humanista el individuo es psicológicamente distintos de los animales, estableciendo que el individuo es por naturaleza bueno, además que cada uno posee una naturaleza especifica que le permite elegir mientras adquiere consciencia sobre la bifurcación entre lo bueno y lo malo, además de su naturaleza como raza, o sea como a otros individuos, posee una naturaleza individual y única; por ser cada sujeto distinto de los demás, como tal debe ser tratado y estudiado en particular.  Uno de los exponentes de esta escuela es Rogers, que se centra en el drama de la díada terapéutica (psicólogo-paciente) y parte de la idea de que el individuo tiene dentro de sí mismo recursos suficientes que pueden ser movilizados, con que el psicólogo consiga crear un clima adecuado.
Psicología Clínica Forense, las principales tareas de la Psicología Clínica aplicada a la Psicología forense consisten en la evaluación de daños a las víctimas de delitos, la evaluación del estado mental de los acusados, establecer la posible imputación de los hechos delictivos y en su caso asesorar al tribunal sobre el tipo de pena o tratamiento impuesto en caso de ser declarados culpables y la evaluación de la competencia de los testigos y víctimas para declarar.

TÉCNICAS QUE SE APLICA
Son las siguientes:
La entrevista Psicológica forense, es el procedimiento más utilizado en la Psicología Forense, esta permite obtener datos para el informe pericial y la formulación de hipótesis, asi como para la planificación de pruebas posteriores para la falsación o verificación de las mismas, entre ellas tenemos: Las entrevista Semi-extructuradas y estructuradas, las primeras son aquellas que permiten al peritado expresarse libremente, aunque sin perder el control y el objetivo de la entrevista en cambio las segundas, son aquellas específicamente diseñadas con un propósito y por lo tanto con un guion más o menos definido, se utilizan generalmente en casos de violencia de géneros, agresiones sexuales. Trastorno de estrés post traumático, toxicomanías entre otras.
Las pruebas Psicológicas, son habitualmente utilizadas después de la entrevista para la evaluación especifica de determinados parámetros, se aplican sobre todo para la evaluación de la inteligencia, de la personalidad y patológica, y del estado neurosicológico y entre podemos distinguir pruebas psicométricas y pruebas proyectivas, las primeras constituyen fundamentalmente un medida objetiva y tipificada de una muestra de conducta, lo que supone uniformidad en el procedimiento de aplicación y puntuación y una interpretación de los resultados conforme a unas normas establecidas, los más utilizados son os test de inteligencia, las pruebas de personalidad, y las pruebas neuropsicológicas; y las segundas se basan en la evaluación del comportamiento dinámico de los sujetos ante diferentes estímulos, por ejemplo dibujos y juegos.
Pruebas y técnicas específicas, en algunas evaluación especiales se utilizan pruebas específicas según el tipo de delito de que se trata, las más utilizadas se circunscriben a la evaluación de las agresiones sexuales, a la conducta violenta, a las víctimas de agresiones, a las toxicomanías, y a la evaluación de guarda y custodia.
Técnicas en la Psicología Forense Experimental, las principales técnicas utilizadas en la Psicología Forense Experimental  tienen como objetivo la obtención de pruebas testificales y su evaluación desde el punto de vista de la exactitud y credibilidad y dependen del tipo de prueba: identificación y declaración.

EL PERFIL DEL PSICOLOGO
Todo Psicólogo Forense, debe esencialmente ser idóneo, responsable y muy respetuoso de la Normativa Jurídica, Legal vigente, de un Estado; así como también contar con los siguientes requisitos, cualidades y aptitudes:
A.   Conocimientos:
ü  Formación Profesional.- Que recibido capacitación universitaria formal, presencial y haber obtenido Título de Pregrado de Psicología;
ü  Formación de Postgrado.- Haber realizados estudios universitarios avanzados y especializas y obtenido Título de especialista o Magister en Psicología Jurídica.

B.   Conocimientos Jurídicos:
ü  Cultura General.-Conocimientos previos sobre aspectos de actualidad, de culturas de noticias, de prácticas sociales, de política, de dinámicas comportamentales  y criminales que pueden favorecer el desempeño de la labor judicial e investigativa;
ü  Conocimientos Operativos.- Que posee información y/o experiencia sobre los procedimientos para realizar una tarea de investigación judicial, como la cadena de custodia o de procedimientos de investigación.

C.   Experiencia:
ü  Tipo de Experiencia.- Actividades empíricas realizadas, cualificadas y relacionadas con materias a fines a la Psicología Jurídica. Valida la obtenida en Instituciones Judiciales, penitenciarias, universitarias, militares o policiales, ONG, organizaciones internacionales que promueven los derechos humanos y por supuesto la experiencia clínica relacionados con problemáticas psicojurídicas.

D.   Habilidades Funcionales:
ü  Habilidad para realizar Diagnostico Psicológico.- Utilizar con destreza y habilidad los medios terapéuticos y de apoyo al diagnóstico que se caracterizan por su tecnología compleja, Manejo y conocimiento de manuales  de diagnóstico como ser DSMV y CIE – 10;
ü  Habilidad Psicoterapéutica.- Tratar de forma eficaz y rápida las respuestas humanas que se generan ante los problemas psico-jurídicos reales y/o potenciales que amenazan la vida o no permiten vivirla con dignidad.

E.    Ambiente Laboral:
ü  Adaptabilidad a la Presión.- Acomodación a situaciones estresantes, a trabajar con presión de tiempo sin que perjudique el desenvolvimiento personal;
ü  Tolerancia de Estrés.- Capacidad de ajustes a situaciones que generen sobrecarga, desafío o amenaza;
ü  Exposición al Peligro Físico.- Exposición a amenazas a la seguridad e integridad física y psicológica, aunque eventualmente estará expuesto al peligro biológico.

F.    Responsabilidades:
ü  En contacto con el público.- Del servidor depende la imagen institucional y de la concreción de la misión organizacional que perciban los usuarios;
ü  En responsabilidad Social.- El Psicólogo Forense durante su trabajo tiene influencia en decisiones respecto a bienes sociales e individuales de máxima importancia como la libertad, el control social, la verdad, la integridad psicológica, etc;
ü  Toma de decisiones.- Responsabilidad relacionada con la asesoría para que el abogado tome soluciones o juicios definitivos sobre asuntos judiciales en particular.

G.   Requisitos Físicos:
ü  Estar sentados.- Por más de dos tercios del tiempo laboral en posición sentado;
ü  Capacidad Visual.- Capacidad de percibir con precisión por medio de los ojos;
ü  Capacidad Auditiva.- Pues la mayor parte de su trabajo realizar funciones comunicativas y principalmente de escucha, de escucha activa para la cual requiere de otras funciones psicológicas superiores además de la capacidad sensorial auditiva.
H.   Valores:
Principalmente los que son coherentes con el Código Ético promulgado por la APA, que consagra cinco principios:
·         Hacer el bien;
·         Responsabilidad y Fidelidad;
·         Integridad;
·         Justicia;
·         Respeto a los derechos y dignidad humana.
EL PSICÓLOGO COMO PERITO JUDICIAL
El perito es la persona que, sin ser parte en el proceso, emite declaraciones sobre hechos que tienen carácter procesal en el momento de su captación, para cuyo conocimiento o apreciación son necesario o convenientes conocimientos científicos o artísticos.
En lo que concierne al perito Psicólogo Forense tienen que tener un Título a nivel licenciatura, de la carrera de Psicología y accesoriamente una especialidad en el área de Psicología Forense.
Jimenez (1997,citado por Juan Carlos Sierra, Eva M. Jiménez Gualberto Buela –Casal, 2006, 149), plantea que todo informe Psicológico, consiste en una comunicación (oral o escrita) donde por una parte, se presenta una síntesis de una evaluación o diagnostico efectuado, y por otra se indica el tratamiento más adecuado o recomendaciones de actuación, y por último, se da respuesta al motivo de la consulta u objetivos planteados.
La prueba pericial en todo proceso instaurado en los estrados judiciales, es muy importante y a la vez esencial, porque supone un medio de información al Juez de la causa que puede ser usado “cuando, para conocer o apreciar algún hecho de influencia en pleito sean necesarios o convenientes conocimientos científicos, artísticos o prácticos”.
La intervención del Psicólogo en el procedimiento judicial:
o   En el ámbito del Derecho de Familia (custodia de hijos, régimen de visitas, causas de separación)
o   En el ámbito del Derecho Penal. Apreciación de eximente o de circunstancias atenuantes  o agravantes.
o   En el ámbito del Derecho Civil:
-       Valoración de daños psicológicos derivados de accidentes.
-       Incapacidad judicial.
o   En el ámbito del Derecho Social. Valoración de incapacidades Psicológicas.
o   En el ámbito del Derecho Eclesiástico o Canónico. La nulidad Matrimonial por causas psicológicas o por incapacidad para asumir  las responsabilidades del matrimonio.
Dos normas relevantes que todo Psicólogo Forense debe tener presente a la hora de la elaboración de su Informe:
v  Primero, hay que tener siempre presente que, en la inmensa mayoría de los casos, el informe tendrá como destinatarios a personas ajenas a la Psicología y que, por tanto, no tienen por qué tener conocimientos de este campo. Ello implica que a la hora de redactar el informe se puede caer en el error de pensar que cuanta mayor terminología psicológica se emplee mejor y “más cualificado” quedara el informe y de forma indirecta es una equivocación, puesto que si los psicólogos forenses no conseguimos que nuestros informes sean de fácil entendimiento para un amplio espectro de destinatarios, muy difícil se nos tomara en cuenta.
v  Segundo, si no se consigue especificar con claridad y precisión los datos obtenidos tras una evaluación psicológica, por muy buena y detallada que haya sido dicha evaluación, está información se perderá, porque al no haber conseguido plasmar los resultados de forma adecuada, las demás personas (al no estar presente durante todo el proceso necesario para realizar un informe)se quedarán con lo único que se le proporciona, un informe inadecuado.
Formato del Informe Forense o Pericial:
En este aspecto, cada profesional de acuerdo a su experiencia profesional y sin olvidar incorporar todos los pasos necesarios para que un informe pericial quede completo, termina adoptando su propio estilo a la hora de redactar dicho informe, a continuación comentamos los apartados que deben aparecer en todo informe forense.
v  Datos de identificación, en este apartado se debe hacer constar el nombre de la persona de la persona o instancia que ha remitido al sujeto (si no ha sido el propio sujeto el que haya solicitado el informe) a la fecha de dicha remisión, así como el nombre completo del sujeto en estudio junto con el número de su documento nacional de identidad, edad, estado, civil, nacionalidad y dirección actual.
v  Procedimiento, dentro del que se deben incluir los siguientes elementos:
·         Parámetros de evaluación, en donde se identifican el número de sesiones de evaluación la frecuencia correspondiente a cada sesión (aportando la fecha), su duración y el lugar donde se hayan realizado dichas sesiones;
·         Área Psicológicas, en dónde se comentan las áreas psicológicas estudiadas y porque se han elegido éstas;
·          Tipos de pruebas, donde se especifican en primer lugar el nombre, abreviatura, autor/es y fecha de cada prueba, después se señalará lo que evalúa cada prueba, su duración, para que edades y tipo de muestra está diseñada y su fiabilidad y/o validez.
v  Resultados, en donde se aportan las puntuaciones tanto directas como centiles o típicas de cada prueba, sin interpretar y explicar estas puntuaciones.
v  Integración de resultados, en donde se interpretan y explican de manera objetiva las puntuaciones comentadas en la sección de los resultados. En esta sección no se debe llegar a formular o incluir conclusiones o recomendaciones.
v  Sinopsis de entrevistas, en donde se resume la información obtenida a través de la/s entrevista/s que se han llevado a cabo y un comentario acerca de la actitud del sujeto durante dicha/s entrevista/s (cooperación, lenguaje corporal, contacto visual, etc).
v  Conclusiones, constituye el apartado más importante del informe forense; en él se especifican las conclusiones finales que engloba todo el informe. No debe ser muy extenso y aquí es doblemente importante cuidar la redacción y el hecho de que sea fácilmente inteligible por cualquier persona a la Psicología.
v  Terminología técnica, en este apartado es necesario incluir una breve y clara definición de todos los conceptos técnicos o psicológicos que aparecen a lo largo del informe, para un mejor entendimiento de éste por parte del destinatario.  
v  Anexo, este aparado está reservado para agregar, cuando sea pertinente, posible documentación que tenga relación con el caso en cuestión (dibujos, preguntas utilizadas en un prueba de polígrafo, etc.).
v  Bibliografía, aquí se debe incluir el listado de todas las referencias bibliográficas utilizadas a lo largo del proceso de evaluación y de redacción del informe.
v  Por último, se debe hacer constar el nombre completo del evaluador ó evaluadores, junto a su número de colegiado y su firma.
Tipos de Informes Psicológicos:
Son los siguientes que a continuación se enuncian:
v  Certificado Psicológico, se enfoca en el ámbito social y en estos certificados no se hace referencia al proceso de evaluación, que suele ser muy corto; solamente se incluyen los resultados finales, sin añadir recomendaciones ni posibles tratamientos. Ejemplos de certificados psicológicos (conducir, licencia de armas), selección de personal, etc.
v  Informe Clínico, se enfoca en el ámbito de la salud. Estos informes están diseñados principalmente como forma de recopilar el historial de un paciente, para así hacer hacer más fácil el seguimiento del proceso terapéutico. En este caso el informe en sí no es el objetivo final, sino que es un mero instrumento. Ejemplos de informes clínicos son los realizados tras finalizar un tratamiento psicológico, aquellos para justificar una baja laboral, etc.
v  Informe forense o pericial, se enfoca en el ámbito judicial. Estos informes son propiamente los que se encuentran dentro de la Psicología Forense.
v  Contrainforme, este tipo de informe se puede encuadrar en diversas áreas psicológicas, aunque es más común dentro del ámbito forense. No se trata de dar un informe psicológico en sí, sino de una crítica o revisión de un informe psicológico previamente elaborado.

REALIDAD LABORAL
Los Psicólogos forenses en la actualidad forman parte de los equipos interdisciplinarios de los Juzgados de la Niñez y Adolescencia, quienes intervienen en los procesos de tutela, tenencia, guarda legal, adopción. Y son en los únicos juzgados donde están adscritos, puesto que la normativa jurídica no les permite, también conformar equipos interdisciplinarios en otra clase de juzgados, dentro de los Tribunales Departamentales del Estado Plurinacional de Bolivia,
Por otro lado también intervienen en los procesos penales, cuando el niño, niña adolescente, participa como víctima o victimario de un hecho delictivo como ser: violación, abuso deshonesto, estupro, robo, homicidio y otros en los cuales los Psicólogos Forenses, son servidores públicos pertenecientes a los Gobiernos Autónomas Municipales (Defensorías de la Niñez y Adolescencia), ó de las Fiscalías Departamentales de cada distrito (Ministerio Público).

LA PSICOLOGÍA FORENSE EN BOLIVIA
Actualmente, el sistema judicial en Bolivia vive un periodo de transición entre el antiguo sistema inquisitivo y el Nuevo Código de Procedimiento Penal (en vigencia a partir del 31 de mayo del 2001). Dicho sistema ha cambiado la forma composición de las instancias judiciales, pasando de un procedimiento escrito a otro verbal u oral, es decir utiliza un elemento de naturaleza acusatoria, el juicio oral, que se celebra de forma pública, continua y contradictoria como elemento central.
Y lo más novedoso, es que introduce los jurados civiles o lo que es lo mismo los jueces ciudadanos que, junto a los jueces técnicos tienen la función de administrar la justicia, encargándose de del juzgamiento de los acusados por delitos cuyas penas superen los cuatro años de privación de libertad, esto es, aquellos delito graves que son de interés de la sociedad. Dicho jueces son seleccionados por las partes en una audiencia pública y especial celebrada para tal efecto.
Por otra parte, el sistema probatorio del nuevo Código está basado en el principio de libre valoración de la prueba, a través del cual el juez puede admitir como medios de prueba todos aquello elementos que puedan conducir al conocimiento d la verdad de los hechos, de la responsabilidad o personalidad del imputado, dentro de estos medios de prueba se encuentra la prueba testimonial y pericial. Es así que el Nuevo Código de Procedimiento Penal, en su artículo 204 (Pericia), establece que una pericia se ordenara siempre y cuando sean necesarios los conocimientos especializados de alguna ciencia, arte o técnica para poder descubrir o valorar un elemento de prueba, y el artículo 205, se refiere a los peritos, indicando que estos serán designados según la reglamentación estatal y por su acreditación de idoneidad en la materia, por lo que si la ciencia, técnica o arte, no está reglamentada, o si no es posible contar con un perito en el lugar del proceso, se designara una persona de acuerdo con su idoneidad manifiesta, y el artículo 207 del mismo cuerpo legal menciona a los Consultores Técnicos. El consultor técnico puede presenciar la pericia y hacer observaciones durante su transcurso, sin emitir dictamen, asimismo en la audiencia puede asesorar a las partes en los actos propios de su función, como ser interrogar directamente a los ´peritos y a los testigos y concluir sobre la prueba pericial, pero siempre bajo la dirección de la parte a la que asisten. Dichos consultores deben ser especialistas en alguna área específica, dentro de lo que cabe destacar a la Psicología, y son nombrados directamente por la Fiscalía, sin necesidad de autorización judicial.




jueves, 14 de noviembre de 2013

DEFENSA DEL TRABAJO DE INVESTIGACION



El día de hoy 14 de noviembre,presentamos la defensa del trabajo de 
investigación sobre el área de psicología forense.







Al principio estamos un poco nerviosas por como nos iba a ir en la defensa,
pero al empezar a exponer el nerviosismo se nos fue pasando y pudimos 
hablar mas claramente y con seguridad.





Estamos contentas con nuestra presentación,a pesar de tener unos pequeños percances.










Espero que le haya sido de su agradado la exposición ,la presentación de nuestra investigación. 





Psicología Forense


CHISTES xD






***         

Un psicólogo...

1. No es que sea prepotente, es que está rodeado de inútiles.
2. No tiene el ego muy grande, es que el planeta es muy chiquito
3. No es que tenga la razón siempre, es que los otros siempre se equivocan.
4. No es que carezca de sentimientos, es que los otros son unas nenas lloronas
5. No tiene vida desorganizada, es solo que tiene un ritmo de vida particular.
6. No ve el mundo, lo cambia.



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***

Una chica va al psicólogo para que le ayude a resolver su problema y este le pregunta:
- Cuénteme, ¿cual es su problema?
- ¡Ay doctor!, es que tengo un carácter muy débil. Los hombres consiguen de mí todo lo que me piden y después me vienen los remordimientos de conciencia.
- ¡Aaaah!. Su caso no presenta demasiada dificultad, existen muchos métodos para reforzar el carácter.
- ¡Pero Doctor!, Ud. no me entendió, lo que yo quiero es no tener después remordimientos de conciencia

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7

jueves, 7 de noviembre de 2013

Primera Entrevista

El dia de ayer 6 de noviembre a las 9:00 am
se realizo una entrevista
En LA UNIDAD DE VÍCTIMAS  ESPECIALES
A la Lic. Maritza Gamarra
Psicológia  forense

martes, 29 de octubre de 2013

5' reunión del grupo

Licendo el dia de ayer nos juntamos  para  finalizar  la monografía.
Aqui  le dejo el acta aclarando los puntos  que se toco.

jueves, 24 de octubre de 2013

4° reunión de grupo

comunicarle que el día de hoy 24 de octubre se realizo
una reunión en la oficina de la señora Evelin ,
para poder completar la monografia,nos dividimos
 en grupos y el dia de hoy mostramos avance .

martes, 15 de octubre de 2013

PERFIL, ROL Y FORMACION DEL PSICOLOGO JURIDICO - FORENCE

La configuración de la Psicología Jurídica se fundamenta como una especialidad que desenvuelve un amplio y específico ámbito entre las relaciones del mundo del Derecho y la Psicología tanto en su vertiente teórica, explicativa y de investigación como en la aplicación, evaluación y tratamiento.
Comprende el estudio, explicación, promoción, evaluación, prevención y en su caso, asesoramiento y/o tratamiento de aquellos fenómenos psicológicos, conductuales y relacionales que inciden en el comportamiento legal de las personas, mediante la utilización de métodos propios de la Psicología Científica y cubriendo por lo tanto distintos ámbitos y niveles de estudio e intervención:
- Psicología Aplicada a los Tribunales.
- Psicología Penitenciaria.
- Psicología de la Delincuencia.
- Psicología Judicial (testimonios, jurados).
- Psicología Policial y de las Fuerzas Armadas.
- Victimología.
- Mediación.

INTRODUCCION HISTORICA
Hablar de la Psicología Jurídica española es hablar del Presente. Su pasado es breve pero se deben mencionar algunos momentos históricos.
Las primeras generaciones históricas aparecen con la Ley de Sanidad Española de 1.885 que crea el cuerpo llamado "Facultativos Forenses" y que es desarrollado y reorganizado por el Decreto-Ley en 1.891 creando tres secciones:
1.- Sección de Medicina y Cirugía.
2.- Sección de Toxicología y Psicología.
3.- Sección de Medicina Mental y Antropología.
Es dentro de las secciones segunda y tercera donde tienen cabida los primeros trabajos de expertos llamados en la época Prehópatas y Alienistas porque la psicopatología como hoy la concebimos, no existía.
Estos autores son contemporáneos y/o discípulos de los ya históricos autores internacionalesLombroso y Mandsley y podemos destacar al Dr. Esquerdo y el Dr. Maestro.
Sus trabajos fueron conocidos por la opinión pública fundamentalmente por su intervención en peritar a famosos criminales de la época.
El siguiente hito histórico digno de mención no aparece hasta 1.932 cuando Emilio Mira y López publica el "Manual de Psicología Jurídica" donde esboza lo que él intuye que puede ser el futuro de la psicología en esta parcela.
Tras un largo silencio de 40 años aparece en la década de los 70 un fuerte empuje de los Psicólogos Penitenciarios (Alarcón Bravo) aplicando a la delincuencia el tratamiento que se desprende de la Psicología Conductista y de la Psicología de Aprendizaje. La Psicología Penitenciaria española ha fomentado de forma pionera diversos campos de la Psicología Jurídica actual.
En 1.980 Bayés, Sabaté y Munné publicaron "Introducción a la Psicología Jurídica" que vuelve a reactivar el amplio campo que la especialidad tiene por delante.
Es en la década de los 80 cuando, debido a diversas razones pero fundamentalmente a la demanda social (a través de convocatorias de plazas de Psicólogos dentro de la Administración de Justicia, creación de Comisiones y Secciones de Psicología Jurídica en las diferentes Delegaciones del COP y el impulso de los trabajos de investigación dentro del ámbito universitario), el desarrollo ha sido espectacular (Garrido 91, Romero 91) y en estos últimos años es cuando esta especialidad está tomando cuerpo científico y profesional, aunando esfuerzos que hasta ahora habían ido por separado (estudios criminológicos, delincuencia, psicopatología, trastornos de la infancia, Centros Penitenciarios, Psicólogos del Trabajo, Psicología Militar, Psicología Experimental, etc.).
Desde un marco institucional, inmediatamente a la creación del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid (diciembre, 1979), se forma en el 80 el primer grupo de trabajo sobre temas de Familia, Pareja, Separación y Divorcio desde una perspectiva psicológica-legal. En 1987 se constituye la Sección de Psicología Jurídica, con una Comisión Gestora integrada por diversos profesionales que juntos abarcan el amplio campo de esta disciplina. En 1990 aparece el anuario de Psicología Jurídica con el objetivo de servir de vehículo de comunicación entre los distintos profesionales del área así como divulgar la imagen del Psicólogo Jurídico.

PERFIL Y ROL
La Psicología Jurídica es un área de trabajo e investigación psicológica especializada cuyo objeto es el estudio del comportamiento de los actores jurídicos en el ámbito de la actividad que se relaciona con el Derecho, la Ley y la Justicia.
Este área está reconocida por Asociaciones y Organizaciones de nivel nacional e internacional de Psicología Jurídica y/o Forense.
El estado actual de la Psicología Jurídica española se puede entender según las distintas áreas en que se está trabajando, reflejadas en la introducción de este documento.
La clasificación no es unánimemente compartida debido a las peculiaridades culturales, científicas y de legislación de cada país, y así, por ejemplo, la Psicología Policial tiene un escaso o nulo desarrollo en países latinoamericanos y adquiere por el contrario un excelente nivel en países anglosajones y del este europeo.
En todo caso el campo de la Psicología Jurídica que estamos intentado definir según va consolidando sus tareas de forma específica debe establecer sus límites y sus estados fronterizos con otras áreas psicológicas con las cuales colabora interdisciplinarmente.

FUNCIONES
Las funciones del Psicólogo Jurídico en el ejercicio de su Rol Profesional incluye entre otras, las siguientes funciones:
- Evaluación y diagnóstico: En relación a las condiciones psicológicas de los actores jurídicos.
- Asesoramiento: Orientar y/o asesorar en medidas legales a aplicar como experto, a los órganos judiciales en cuestiones propias de su disciplina.
- Intervención: Diseño y realización de Programas para la prevención, tratamiento, rehabilitación e integración de los actores jurídicos bien en la comunidad, bien en el medio penitenciario, tanto a nivel individual como colectivo.
- Formación y educación: Entrenar y/o seleccionar a profesionales del sistema legal (jueces y fiscales, policías, abogados, personal de penitenciarías, etc.) en contenidos y técnicas psicológicas útiles en su trabajo.
- Campañas de prevención social ante la criminalidad y medios de comunicación: Elaboración y asesoramiento de campañas de información social para la población en general y de riesgo.
- Investigación: Estudio e investigación de la problemática de la Psicología Jurídica.
- Victimología: Investigar y contribuir a mejorar la situación de la víctima y su interacción con el sistema legal.
- Mediación: Propiciar soluciones negociadas a los conflictos jurídicos, a través de una intervención mediadora que contribuya a paliar y prevenir el daño emocional, social, y presentar una alternativa a la vía legal, donde los implicados tienen un papel predominante.
Campos de Aplicación:
De una manera más específica podemos considerar el Rol del Psicólogo Jurídico y sus funciones según las áreas anteriormente mencionadas:

PSICOLOGIA APLICADA A LOS TRIBUNALES
La Psicología Aplicada a los Tribunales o Forense se refiere a aquéllas actividades que el Psicólogo puede realizar en el "FORO":
- Psicología Jurídica y el Menor
- Psicología Aplicada al Derecho de Familia
- Psicología Aplicada al Derecho Civil, Laboral y Penal
LA PSICOLOGIA JURIDICA Y EL MENOR
Las Instituciones dedicadas al menor son en todos los países y también en España, áreas de trabajo que deben ser objeto de una política global que se desarrolla desde diferentes ámbitos educativos, sanitarios, servicios sociales, etc., (Bajet 1.990) y por tanto también desde la Justicia. Es desde esta Institución donde tiene sentido hablar de Psicología Jurídica y el Menor.
En la actualidad los Juzgados de Menores cuentan con psicólogos que trabajan en colaboración directa con jueces y fiscales (Ley 4/92) en equipos multiprofesionales para resolver conductas ilegales realizadas por menores.
Mediante estudios, el psicólogo debe informar sobre la situación del menor y cuáles son las posibilidades de su reeducación y tratamiento. De esta forma el psicólogo ayuda a que la Justicia module la aplicación legal a criterios científicos.
La entidad pública (Comunidades Autónomas) será la encargada de aplicar las medidas educativas impuestas por el Juez, donde el psicólogo realiza una gama de intervenciones como son el diseño y seguimiento del tratamiento.

Sus funciones en los Juzgados de Menores son:
- Emitir los informes técnicos de la especialidad, solicitados por el Juez o el Fiscal.
- Asesorar las medidas que deben ser aplicadas.
- Seguimiento de las intervenciones.

En otras Instituciones:
- Planificar el funcionamiento del Centro.
- Aplicación de tratamientos individuales y colectivos.
- Elaboración y aplicación de programas en medio abierto.
- Técnicas de Mediación.
En estos Juzgados el Rol profesional está regulado por Ley, en el resto de las Instituciones dependiendo de su organización. (Institucionales, seminstitucional o privadas) puede sufrir alteraciones.

LA PSICOLOGIA APLICADA AL DERECHO DE FAMILIA
Desde la creación en España de la Ley del divorcio (Ley 30/81) se han ido incorporando a los Juzgados de Familia profesionales distribuidos básicamente en las capitales de Provincia.
Estos profesionales deben asesorar al Juez en los procesos de Separación-Divorcio, en sus dos elementos fundamentales (padres-hijos) y también en los casos recogidos en la Ley 21/87 sobre acogimiento y adopciones.
El psicólogo del Juzgado de Familia no sólo debe evaluar cómo afecta a los hijos la separación, sino que también, puede diseñar programas que apunten a positivizar situaciones difíciles que los menores se van a encontrar.
El psicólogo, desde el ámbito privado puede actuar como asesor del juez (actuando como perito), del abogado que reclama sus servicios y como colaborador del abogado en la resolución del procedimiento familiar en todos los momentos del mismo y con un enfoque interdisciplinar (Bernal y Martín, 1990).

Sus funciones en los Juzgados de Familia son:
- Emitir los informes técnicos de la especialidad solicitados por el Juzgado en los procesos de rupturas de parejas con hijos con respecto a padres e hijos.
- Emitir los informes de la especialidad en otras situaciones que plantea el derecho de familia: acogimiento, adopciones, autorizaciones para contraer matrimonio, etc....
- Seguimiento de los casos.
En otras Instituciones:
- Técnicas de Mediación familiar.
- Peritajes privados y peritajes y asesoramiento con Tribunales Eclesiásticos.
En el ámbito Privado:
- Perito.
- Asesor del Abogado.
- Colaborador con el Abogado (trabajo interdisciplinar en todo el procedimiento).
- Mediador.

LA PSICOLOGIA APLICADA AL DERECHO CIVIL
La actividad del Psicólogo en relación al Derecho Civil, se enfoca en el asesoramiento y en el peritaje de diversos constructos jurídicos como la capacidad civil en la toma de decisiones (contratos, testamentos tutelares, cambio de sexo, esterilización de deficientes, etc...). Y en todas aquéllas situaciones susceptibles del trabajo en el campo psicológico dentro del Derecho Civil.

LA PSICOLOGIA APLICADA AL DERECHO LABORAL
En el ámbito del Derecho Laboral el psicólogo suele ser requerido para asesorar a los Juzgados en materia de secuelas psicológicas en accidentes laborales, simulación, y en problemas de índole fisiológico que la nueva Ley de Prevención de Riesgos Laborales contempla.

LA PSICOLOGIA APLICADA AL DERECHO PENAL
Una tarea básica de los Psicólogos Forenses es el diagnóstico y valoración de personas que van a ser juzgadas como presuntos autores de delitos, y víctimas de delitos, que servirán como asesoramiento a los Jueces y Tribunales y que determinarán las circunstancias que puedan modificar la responsabilidad criminal, daño moral, secuelas psíquicas, etc....
Existen profesionales que trabajan en las clínicas forenses a disposición de Juzgados y Tribunales, y que están ubicadas en grandes ciudades. Fundamentalmente estos psicólogos están haciendo diagnóstico pericial de presuntos delincuentes y de víctimas.
Sus funciones son:
- Emitir informes sobre psicología del Testimonio.
- Emitir informes para Jueces y Tribunal de acusados y víctimas.
- Seleccionar y dinamizar los Jurados.
- Mediar entre las partes en conflicto.

PSICOLOGIA PENITENCIARIA
Los Psicólogos entran a formar parte de las Instituciones Penitenciarias Españolas con la Ley 39/70 de Reestructuración de los cuerpos penitenciarios y que creó el Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias donde incluye a varios especialistas y entre ellos al psicólogo.
La Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP) da importancia especial a la Psicología hasta el punto que el Reglamento penitenciario detalla en su Artículo 240 que el tratamiento se inspirará en los siguientes principios:
a) Estará basado en el estudio científico de la constitución, el temperamento, el carácter, las aptitudes y las actitudes del sujeto a tratar, así como de su sistema dinámico, motivacional y del aspecto evolutivo de su personalidad, conducente a un enjuiciamiento global de la misma.
b) Guardará relación directa con un diagnóstico de personalidad criminal.
c) Será individualizado.
d) En general será complejo.
e) Será programado.
La psicopatología criminal es una parcela compleja y multicausal que necesita de diversas y continuadas valoraciones y que deben empezar en el mismo momento que se produce una detención.
Las funciones del Psicólogo de Instituciones Penitenciarias son diversas y están detalladas en el artículo 282/81 del Reglamento Penitenciario.
El Psicólogo desempeña las funciones siguientes:
- Estudiar la personalidad de los internos desde la perspectiva de la ciencia de la Psicología y conforme a sus métodos, calificando y evaluando sus rasgos temperamentales, caracteriales, aptitudes, actitudes y sistema dinámico-motivacional, y en general todos los sectores y rasgos de la personalidad, que juzguen de interés para la interpretación y comprensión de ser y actuar del observado.
- Definir la aplicación y corrección de los métodos psicológicos más adecuados para el estudio de cada interno. Interpretar y valorar las pruebas psicométricas y las técnicas proyectivas, realizando la valoración conjunta de éstas con los demás datos psicológicos, correspondiéndole la redacción del informe psicológico final, que se integrará en la propuesta de clasificación o en el programa de tratamiento.
Algunas funciones ya mencionadas están en el Reglamento Penitenciario. El psicólogo deberá atender ante los requerimientos de los Tribunales, Jueces y Miembros del Ministerio Fiscal, en orden a los exámenes de personalidad de los acusados previos a la sentencia.

PSICOLOGIA JUDICIAL (TESTIMONIO, JURADOS)
En esta área de la Psicología Jurídica podríamos incluir como más representativas a la Psicología del Testimonio y la Psicología del Jurado que son áreas de creciente interés.
En cuanto al testimonio que es un acto fundamental en nuestro derecho procesal, deberíamos señalar las aportaciones de la Psicología del Testimonio, que consiste en el conjunto de conocimientos basados en resultados de investigación de los campos de la Psicología Experimental y Social, que intentan determinar la calidad (exactitud y credibilidad) de los testimonios que sobre los delitos, accidentes o sucesos cotidianos prestan los testigos presenciales.
Respecto al Jurado han sido varios los focos de investigación previos a la redacción de la ley del jurado recientemente aprobada. En su aplicación el psicólogo trabajaría en la valoración de los jurados, así como investigando los procesos de toma de decisión, influencia social, etc....

PSICOLOGIA POLICIAL Y DE LAS FUERZAS ARMADAS
En España existen dos clases de policías unas de ámbito Estatal como son la Guardia Civil y la Policía con capacidad de actuación en todo el Territorio del Estado y otras Policías Autonómicos y Locales que dependen y ejercen su trabajo dependiendo de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.
Se trabaja en gabinetes y departamentos psicológicos para realizar funciones de Selección y Formación de personal, siendo estas actuaciones clásicas de la Psicología del Trabajo y de las Organizaciones aplicadas al medio policial.
A la Selección y Formación de policías como tarea tradicional de la Psicología Policial, se están incorporando otras tareas más complejas como son la formación especializada de mandos intermedios y oficiales, así como la creación y puesta en marcha de grupos especiales (Unidades de menores, delitos contra la sexualidad, etc.). Todos ellos cuentan con una formación técnica especializada, incluyendo en sus planes de formación de policías temas de criminología, delincuencia, dinámica de grupos, habilidades sociales, manejo de situaciones críticas, psicopatología criminal, psicología del testimonio, etc. (Pinillos, 1.991).