PSICOLOGÍA
FORENSE
La Psicología, constituye una ciencia que
estudia el comportamiento humano, en cuanto a sus actividades, sentimientos y
razones de las personas, junto a sus causas y efectos; en tanto que el Derecho
es una ciencia que estudia el conjunto de principios, preceptos y reglas a que
están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad civil y a cuya
observancia pueden ser compelidos los individuos por la fuerza (Real Academia
Española, 1992).
La Psicología Forense, es una rama de
la Psicología Jurídica, que aplica sus conocimientos y métodos a los
procedimientos judiciales, con el fin de asesorar al jugador ó los juzgadores (tribunales)
en su toma de decisiones, con relación a las resoluciones que ellos dictan.
HISTORIA
DE PSICOLOGIA FORENSE
La Psicología Forense es como una
disciplina relativamente nueva que se encarga de aplicar la Psicología al
ámbito jurídico. Sin embargo el término de Psicología Forense aparece en
distintas publicaciones con anterioridad al siglo XX. Los primeros hechos
históricos que tienen relación con la intervención del Psicólogo en el contexto
legal y que facilitaron el establecimiento de un nuevo campo de investigación
se remontan a los últimos años del siglo XIII y, actualmente puede considerarse
que la relación entre Psicología y la Ley tienen en general una mayor
importancia en los países anglosajones y en particular en los Estados Unidos,
las raíces de esta relación nos transporta hasta Europa. Fue especialmente en
Alemania e Italia dónde a raíz de los movimientos nacionalistas dela escuela
criminológica y de los estudios de masas de la Psicología Colectiva aparecieron
las primeras evidencias del desarrollo de una nueva área dentro de la
Psicología.
De esta forma llegamos a los años 50 y
60, donde se presenta un verdadero auge de la Psicología Forense, debido al
movimiento político e intelectual de la época, y es precisamente en este
momento dónde se presenta el acercamiento del Psicólogo en los tribunales de
justicia y con ello se abre la posibilidad de integrar la Psicología y el
Derecho.
Ya en los años 70, se caracterizan por
el aumento de los trabajos tanto empíricos como teóricos realizados en el campo
de la Psicología Forense por parte de la Psicología Social, Psicología
Cognitiva y Psicología Experimental
Actualmente es necesario destacar el
hecho de que en algunas ó en las mayorías de las salas de justicia en el mundo,
se empieza a requerir la participación e intervención de un Psicólogo como
perito o experto, comenzando a su vez la opinión pública a tomar conciencia de
las distintas funciones que un Psicólogo puede realizar dentro del marco legal.
CAMPOS
QUE COMPRENDE
Juzgados
de Familia, precisamente
fue en estos juzgados donde se crearon los primeros equipos técnicos con
participación de los Psicólogos, en colaboración de los trabajadores sociales;
aquí el l psicólogo actúa a requerimiento del juez, generalmente para informar
sobre la situación personal y familiar de los conyugues en procesos
contenciosos como ser: de divorcio, para la guarda y custodia de los hijos y el
establecimiento del régimen de visitas correspondiente, en los procesos de
protección de menores.
Juzgados
de Menores, los
equipos técnicos adscritos a estos juzgados de menores, se encargan de la
valoración de los menores delincuentes o infractores, su labor consistirá en la
elaboración de informes con trabajadores sociales y educadores, evaluando la personalidad
y condicionantes (educativos, familiares…)de los menores infractores y
recomendando las medidas a aplicar.
TEORÍAS
PSICOLOGICAS
Dentro de las escuelas psicológicas
que más influencia ha tenido en el desarrollo, de la ciencia criminológica,
está el Psicoanalisis, representado por Freud, que sostiene que la
personalidad es el resultado de fuerzas ajenas a la consciencia del sujeto,
motivaciones esta, que pueden ser índole sexual principalmente.
También encontramos el Conductismo,
que es un corriente dela psicología que defiende fervientemente la idea del
método científico, pues en si esta escuela es netamente científica y parte
gracia a la base de Wunt, sus mayores exponentes son Pavlov, Watson y Skinner,
quiénes plantean el conductismo clásico y el operante, esta teoría poseía una
visión mecanicista del hombre pues se basa en el concepto de arco reflejo base
de estímulo y respuesta, indicando que el hombre está determinado por medio que
lo rodea, y esto produce estímulos que lo condicionan a determinados actos.
Para la escuela Humanista el individuo es
psicológicamente distintos de los animales, estableciendo que el individuo es
por naturaleza bueno, además que cada uno posee una naturaleza especifica que
le permite elegir mientras adquiere consciencia sobre la bifurcación entre lo
bueno y lo malo, además de su naturaleza como raza, o sea como a otros
individuos, posee una naturaleza individual y única; por ser cada sujeto
distinto de los demás, como tal debe ser tratado y estudiado en particular. Uno de los exponentes de esta escuela es
Rogers, que se centra en el drama de la díada terapéutica (psicólogo-paciente)
y parte de la idea de que el individuo tiene dentro de sí mismo recursos
suficientes que pueden ser movilizados, con que el psicólogo consiga crear un
clima adecuado.
Psicología
Clínica Forense, las
principales tareas de la Psicología Clínica aplicada a la Psicología forense
consisten en la evaluación de daños a las víctimas de delitos, la evaluación del
estado mental de los acusados, establecer la posible imputación de los hechos
delictivos y en su caso asesorar al tribunal sobre el tipo de pena o
tratamiento impuesto en caso de ser declarados culpables y la evaluación de la
competencia de los testigos y víctimas para declarar.
TÉCNICAS
QUE SE APLICA
Son las siguientes:
La
entrevista Psicológica forense,
es el procedimiento más utilizado en la Psicología Forense, esta permite
obtener datos para el informe pericial y la formulación de hipótesis, asi como
para la planificación de pruebas posteriores para la falsación o verificación
de las mismas, entre ellas tenemos: Las entrevista Semi-extructuradas y
estructuradas, las primeras son aquellas que permiten al peritado
expresarse libremente, aunque sin perder el control y el objetivo de la
entrevista en cambio las segundas, son aquellas específicamente diseñadas con
un propósito y por lo tanto con un guion más o menos definido, se utilizan
generalmente en casos de violencia de géneros, agresiones sexuales. Trastorno
de estrés post traumático, toxicomanías entre otras.
Las
pruebas Psicológicas,
son habitualmente utilizadas después de la entrevista para la evaluación
especifica de determinados parámetros, se aplican sobre todo para la evaluación
de la inteligencia, de la personalidad y patológica, y del estado
neurosicológico y entre podemos distinguir pruebas psicométricas y pruebas proyectivas,
las primeras constituyen fundamentalmente un medida objetiva y tipificada de
una muestra de conducta, lo que supone uniformidad en el procedimiento de
aplicación y puntuación y una interpretación de los resultados conforme a unas
normas establecidas, los más utilizados son os test de inteligencia, las
pruebas de personalidad, y las pruebas neuropsicológicas; y las segundas se
basan en la evaluación del comportamiento dinámico de los sujetos ante
diferentes estímulos, por ejemplo dibujos y juegos.
Pruebas
y técnicas específicas,
en algunas evaluación especiales se utilizan pruebas específicas según el tipo
de delito de que se trata, las más utilizadas se circunscriben a la evaluación
de las agresiones sexuales, a la conducta violenta, a las víctimas de
agresiones, a las toxicomanías, y a la evaluación de guarda y custodia.
Técnicas
en la Psicología Forense Experimental, las principales técnicas utilizadas en
la Psicología Forense Experimental
tienen como objetivo la obtención de pruebas testificales y su
evaluación desde el punto de vista de la exactitud y credibilidad y dependen del
tipo de prueba: identificación y declaración.
EL
PERFIL DEL PSICOLOGO
Todo Psicólogo Forense, debe
esencialmente ser idóneo, responsable y muy respetuoso de la Normativa
Jurídica, Legal vigente, de un Estado; así como también contar con los
siguientes requisitos, cualidades y aptitudes:
A. Conocimientos:
ü Formación
Profesional.- Que
recibido capacitación universitaria formal, presencial y haber obtenido Título
de Pregrado de Psicología;
ü Formación
de Postgrado.- Haber
realizados estudios universitarios avanzados y especializas y obtenido Título
de especialista o Magister en Psicología Jurídica.
B. Conocimientos
Jurídicos:
ü Cultura
General.-Conocimientos
previos sobre aspectos de actualidad, de culturas de noticias, de prácticas
sociales, de política, de dinámicas comportamentales y criminales que pueden favorecer el
desempeño de la labor judicial e investigativa;
ü Conocimientos
Operativos.- Que
posee información y/o experiencia sobre los procedimientos para realizar una
tarea de investigación judicial, como la cadena de custodia o de procedimientos
de investigación.
C. Experiencia:
ü Tipo
de Experiencia.- Actividades
empíricas realizadas, cualificadas y relacionadas con materias a fines a la
Psicología Jurídica. Valida la obtenida en Instituciones Judiciales,
penitenciarias, universitarias, militares o policiales, ONG, organizaciones
internacionales que promueven los derechos humanos y por supuesto la
experiencia clínica relacionados con problemáticas psicojurídicas.
D. Habilidades
Funcionales:
ü Habilidad
para realizar Diagnostico Psicológico.- Utilizar con destreza y habilidad los
medios terapéuticos y de apoyo al diagnóstico que se caracterizan por su
tecnología compleja, Manejo y conocimiento de manuales de diagnóstico como ser DSMV y CIE – 10;
ü Habilidad
Psicoterapéutica.- Tratar
de forma eficaz y rápida las respuestas humanas que se generan ante los
problemas psico-jurídicos reales y/o potenciales que amenazan la vida o no
permiten vivirla con dignidad.
E. Ambiente
Laboral:
ü Adaptabilidad
a la Presión.- Acomodación
a situaciones estresantes, a trabajar con presión de tiempo sin que perjudique
el desenvolvimiento personal;
ü Tolerancia
de Estrés.-
Capacidad de ajustes a situaciones que generen sobrecarga, desafío o amenaza;
ü Exposición
al Peligro Físico.- Exposición
a amenazas a la seguridad e integridad física y psicológica, aunque
eventualmente estará expuesto al peligro biológico.
F. Responsabilidades:
ü En
contacto con el público.- Del
servidor depende la imagen institucional y de la concreción de la misión
organizacional que perciban los usuarios;
ü En
responsabilidad Social.- El
Psicólogo Forense durante su trabajo tiene influencia en decisiones respecto a
bienes sociales e individuales de máxima importancia como la libertad, el
control social, la verdad, la integridad psicológica, etc;
ü Toma
de decisiones.- Responsabilidad
relacionada con la asesoría para que el abogado tome soluciones o juicios
definitivos sobre asuntos judiciales en particular.
G. Requisitos
Físicos:
ü Estar
sentados.- Por
más de dos tercios del tiempo laboral en posición sentado;
ü Capacidad
Visual.-
Capacidad de percibir con precisión por medio de los ojos;
ü Capacidad
Auditiva.- Pues
la mayor parte de su trabajo realizar funciones comunicativas y principalmente
de escucha, de escucha activa para la cual requiere de otras funciones
psicológicas superiores además de la capacidad sensorial auditiva.
H. Valores:
Principalmente los que son coherentes
con el Código Ético promulgado por la APA, que consagra cinco principios:
·
Hacer
el bien;
·
Responsabilidad
y Fidelidad;
·
Integridad;
·
Justicia;
·
Respeto
a los derechos y dignidad humana.
EL
PSICÓLOGO COMO PERITO JUDICIAL
El perito es la persona que, sin ser
parte en el proceso, emite declaraciones sobre hechos que tienen carácter
procesal en el momento de su captación, para cuyo conocimiento o apreciación
son necesario o convenientes conocimientos científicos o artísticos.
En lo que concierne al perito
Psicólogo Forense tienen que tener un Título a nivel licenciatura, de la
carrera de Psicología y accesoriamente una especialidad en el área de
Psicología Forense.
Jimenez (1997,citado por Juan Carlos
Sierra, Eva M. Jiménez Gualberto Buela –Casal, 2006, 149), plantea que todo
informe Psicológico, consiste en una comunicación (oral o escrita) donde por
una parte, se presenta una síntesis de una evaluación o diagnostico efectuado,
y por otra se indica el tratamiento más adecuado o recomendaciones de
actuación, y por último, se da respuesta al motivo de la consulta u objetivos
planteados.
La prueba pericial en todo proceso
instaurado en los estrados judiciales, es muy importante y a la vez esencial,
porque supone un medio de información al Juez de la causa que puede ser usado
“cuando, para conocer o apreciar algún hecho de influencia en pleito sean
necesarios o convenientes conocimientos científicos, artísticos o prácticos”.
La intervención del Psicólogo en el
procedimiento judicial:
o
En
el ámbito del Derecho de Familia (custodia de hijos, régimen de visitas, causas
de separación)
o
En
el ámbito del Derecho Penal. Apreciación de eximente o de circunstancias
atenuantes o agravantes.
o
En
el ámbito del Derecho Civil:
-
Valoración
de daños psicológicos derivados de accidentes.
-
Incapacidad
judicial.
o
En
el ámbito del Derecho Social. Valoración de incapacidades Psicológicas.
o
En
el ámbito del Derecho Eclesiástico o Canónico. La nulidad Matrimonial por
causas psicológicas o por incapacidad para asumir las responsabilidades del matrimonio.
Dos normas relevantes que todo
Psicólogo Forense debe tener presente a la hora de la elaboración de su
Informe:
v Primero, hay que tener siempre
presente que, en la inmensa mayoría de los casos, el informe tendrá como
destinatarios a personas ajenas a la Psicología y que, por tanto, no tienen por
qué tener conocimientos de este campo. Ello implica que a la hora de redactar
el informe se puede caer en el error de pensar que cuanta mayor terminología
psicológica se emplee mejor y “más cualificado” quedara el informe y de forma
indirecta es una equivocación, puesto que si los psicólogos forenses no conseguimos
que nuestros informes sean de fácil entendimiento para un amplio espectro de
destinatarios, muy difícil se nos tomara en cuenta.
v Segundo, si no se consigue
especificar con claridad y precisión los datos obtenidos tras una evaluación
psicológica, por muy buena y detallada que haya sido dicha evaluación, está
información se perderá, porque al no haber conseguido plasmar los resultados de
forma adecuada, las demás personas (al no estar presente durante todo el
proceso necesario para realizar un informe)se quedarán con lo único que se le
proporciona, un informe inadecuado.
Formato del Informe Forense o
Pericial:
En este aspecto, cada profesional de
acuerdo a su experiencia profesional y sin olvidar incorporar todos los pasos
necesarios para que un informe pericial quede completo, termina adoptando su
propio estilo a la hora de redactar dicho informe, a continuación comentamos
los apartados que deben aparecer en todo informe forense.
v Datos de identificación, en
este apartado se debe hacer constar el nombre de la persona de la persona o
instancia que ha remitido al sujeto (si no ha sido el propio sujeto el que haya
solicitado el informe) a la fecha de dicha remisión, así como el nombre
completo del sujeto en estudio junto con el número de su documento nacional de
identidad, edad, estado, civil, nacionalidad y dirección actual.
v Procedimiento, dentro del que
se deben incluir los siguientes elementos:
·
Parámetros
de evaluación, en donde se identifican el número de sesiones de evaluación la
frecuencia correspondiente a cada sesión (aportando la fecha), su duración y el
lugar donde se hayan realizado dichas sesiones;
·
Área
Psicológicas, en dónde se comentan las áreas psicológicas estudiadas y porque
se han elegido éstas;
·
Tipos de pruebas, donde se especifican en
primer lugar el nombre, abreviatura, autor/es y fecha de cada prueba, después
se señalará lo que evalúa cada prueba, su duración, para que edades y tipo de
muestra está diseñada y su fiabilidad y/o validez.
v Resultados, en donde se
aportan las puntuaciones tanto directas como centiles o típicas de cada prueba,
sin interpretar y explicar estas puntuaciones.
v Integración de resultados, en
donde se interpretan y explican de manera objetiva las puntuaciones comentadas
en la sección de los resultados. En esta sección no se debe llegar a formular o
incluir conclusiones o recomendaciones.
v Sinopsis de entrevistas, en
donde se resume la información obtenida a través de la/s entrevista/s que se
han llevado a cabo y un comentario acerca de la actitud del sujeto durante dicha/s
entrevista/s (cooperación, lenguaje corporal, contacto visual, etc).
v Conclusiones, constituye el
apartado más importante del informe forense; en él se especifican las
conclusiones finales que engloba todo el informe. No debe ser muy extenso y
aquí es doblemente importante cuidar la redacción y el hecho de que sea
fácilmente inteligible por cualquier persona a la Psicología.
v Terminología técnica, en este
apartado es necesario incluir una breve y clara definición de todos los
conceptos técnicos o psicológicos que aparecen a lo largo del informe, para un
mejor entendimiento de éste por parte del destinatario.
v Anexo, este aparado está
reservado para agregar, cuando sea pertinente, posible documentación que tenga
relación con el caso en cuestión (dibujos, preguntas utilizadas en un prueba de
polígrafo, etc.).
v Bibliografía, aquí se debe
incluir el listado de todas las referencias bibliográficas utilizadas a lo
largo del proceso de evaluación y de redacción del informe.
v Por último, se debe hacer
constar el nombre completo del evaluador ó evaluadores, junto a su número de
colegiado y su firma.
Tipos de Informes Psicológicos:
Son los siguientes que a continuación
se enuncian:
v Certificado
Psicológico,
se enfoca en el ámbito social y en estos certificados no se hace referencia al
proceso de evaluación, que suele ser muy corto; solamente se incluyen los
resultados finales, sin añadir recomendaciones ni posibles tratamientos.
Ejemplos de certificados psicológicos (conducir, licencia de armas), selección
de personal, etc.
v Informe
Clínico, se
enfoca en el ámbito de la salud. Estos informes están diseñados principalmente
como forma de recopilar el historial de un paciente, para así hacer hacer más
fácil el seguimiento del proceso terapéutico. En este caso el informe en sí no
es el objetivo final, sino que es un mero instrumento. Ejemplos de informes
clínicos son los realizados tras finalizar un tratamiento psicológico, aquellos
para justificar una baja laboral, etc.
v Informe
forense o pericial,
se enfoca en el ámbito judicial. Estos informes son propiamente los que se
encuentran dentro de la Psicología Forense.
v Contrainforme, este tipo de informe se puede
encuadrar en diversas áreas psicológicas, aunque es más común dentro del ámbito
forense. No se trata de dar un informe psicológico en sí, sino de una crítica o
revisión de un informe psicológico previamente elaborado.
REALIDAD
LABORAL
Los Psicólogos forenses en la
actualidad forman parte de los equipos interdisciplinarios de los Juzgados de
la Niñez y Adolescencia, quienes intervienen en los procesos de tutela,
tenencia, guarda legal, adopción. Y son en los únicos juzgados donde están adscritos,
puesto que la normativa jurídica no les permite, también conformar equipos
interdisciplinarios en otra clase de juzgados, dentro de los Tribunales
Departamentales del Estado Plurinacional de Bolivia,
Por otro lado también intervienen en
los procesos penales, cuando el niño, niña adolescente, participa como víctima
o victimario de un hecho delictivo como ser: violación, abuso deshonesto,
estupro, robo, homicidio y otros en los cuales los Psicólogos Forenses, son
servidores públicos pertenecientes a los Gobiernos Autónomas Municipales
(Defensorías de la Niñez y Adolescencia), ó de las Fiscalías Departamentales de
cada distrito (Ministerio Público).
LA
PSICOLOGÍA FORENSE EN BOLIVIA
Actualmente, el sistema judicial en
Bolivia vive un periodo de transición entre el antiguo sistema inquisitivo y el
Nuevo Código de Procedimiento Penal (en vigencia a partir del 31 de mayo del
2001). Dicho sistema ha cambiado la forma composición de las instancias
judiciales, pasando de un procedimiento escrito a otro verbal u oral, es decir
utiliza un elemento de naturaleza acusatoria, el juicio oral, que se celebra de
forma pública, continua y contradictoria como elemento central.
Y lo más novedoso, es que introduce
los jurados civiles o lo que es lo mismo los jueces ciudadanos que, junto a los
jueces técnicos tienen la función de administrar la justicia, encargándose de
del juzgamiento de los acusados por delitos cuyas penas superen los cuatro años
de privación de libertad, esto es, aquellos delito graves que son de interés de
la sociedad. Dicho jueces son seleccionados por las partes en una audiencia
pública y especial celebrada para tal efecto.
Por otra parte, el sistema probatorio
del nuevo Código está basado en el principio de libre valoración de la prueba,
a través del cual el juez puede admitir como medios de prueba todos aquello
elementos que puedan conducir al conocimiento d la verdad de los hechos, de la
responsabilidad o personalidad del imputado, dentro de estos medios de prueba
se encuentra la prueba testimonial y pericial. Es así que el Nuevo Código de
Procedimiento Penal, en su artículo 204 (Pericia), establece que una pericia se
ordenara siempre y cuando sean necesarios los conocimientos especializados de
alguna ciencia, arte o técnica para poder descubrir o valorar un elemento de
prueba, y el artículo 205, se refiere a los peritos, indicando que estos serán
designados según la reglamentación estatal y por su acreditación de idoneidad
en la materia, por lo que si la ciencia, técnica o arte, no está reglamentada,
o si no es posible contar con un perito en el lugar del proceso, se designara
una persona de acuerdo con su idoneidad manifiesta, y el artículo 207 del mismo
cuerpo legal menciona a los Consultores Técnicos. El consultor técnico puede
presenciar la pericia y hacer observaciones durante su transcurso, sin emitir
dictamen, asimismo en la audiencia puede asesorar a las partes en los actos
propios de su función, como ser interrogar directamente a los ´peritos y a los
testigos y concluir sobre la prueba pericial, pero siempre bajo la dirección de
la parte a la que asisten. Dichos consultores deben ser especialistas en alguna
área específica, dentro de lo que cabe destacar a la Psicología, y son
nombrados directamente por la Fiscalía, sin necesidad de autorización judicial.
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