miércoles, 4 de diciembre de 2013

Articulo de Psicología forense


PSICOLOGÍA FORENSE

La Psicología, constituye una ciencia que estudia el comportamiento humano, en cuanto a sus actividades, sentimientos y razones de las personas, junto a sus causas y efectos; en tanto que el Derecho es una ciencia que estudia el conjunto de principios, preceptos y reglas a que están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad civil y a cuya observancia pueden ser compelidos los individuos por la fuerza (Real Academia Española, 1992).
La Psicología Forense, es una rama de la Psicología Jurídica, que aplica sus conocimientos y métodos a los procedimientos judiciales, con el fin de asesorar al jugador ó los juzgadores (tribunales) en su toma de decisiones, con relación a las resoluciones que ellos dictan.   

HISTORIA DE PSICOLOGIA FORENSE
La Psicología Forense es como una disciplina relativamente nueva que se encarga de aplicar la Psicología al ámbito jurídico. Sin embargo el término de Psicología Forense aparece en distintas publicaciones con anterioridad al siglo XX. Los primeros hechos históricos que tienen relación con la intervención del Psicólogo en el contexto legal y que facilitaron el establecimiento de un nuevo campo de investigación se remontan a los últimos años del siglo XIII y, actualmente puede considerarse que la relación entre Psicología y la Ley tienen en general una mayor importancia en los países anglosajones y en particular en los Estados Unidos, las raíces de esta relación nos transporta hasta Europa. Fue especialmente en Alemania e Italia dónde a raíz de los movimientos nacionalistas dela escuela criminológica y de los estudios de masas de la Psicología Colectiva aparecieron las primeras evidencias del desarrollo de una nueva área dentro de la Psicología.
De esta forma llegamos a los años 50 y 60, donde se presenta un verdadero auge de la Psicología Forense, debido al movimiento político e intelectual de la época, y es precisamente en este momento dónde se presenta el acercamiento del Psicólogo en los tribunales de justicia y con ello se abre la posibilidad de integrar la Psicología y el Derecho.
Ya en los años 70, se caracterizan por el aumento de los trabajos tanto empíricos como teóricos realizados en el campo de la Psicología Forense por parte de la Psicología Social, Psicología Cognitiva y Psicología Experimental
Actualmente es necesario destacar el hecho de que en algunas ó en las mayorías de las salas de justicia en el mundo, se empieza a requerir la participación e intervención de un Psicólogo como perito o experto, comenzando a su vez la opinión pública a tomar conciencia de las distintas funciones que un Psicólogo puede realizar dentro del marco legal.

CAMPOS QUE COMPRENDE
Juzgados de Familia, precisamente fue en estos juzgados donde se crearon los primeros equipos técnicos con participación de los Psicólogos, en colaboración de los trabajadores sociales; aquí el l psicólogo actúa a requerimiento del juez, generalmente para informar sobre la situación personal y familiar de los conyugues en procesos contenciosos como ser: de divorcio, para la guarda y custodia de los hijos y el establecimiento del régimen de visitas correspondiente, en los procesos de protección de menores.
Juzgados de Menores, los equipos técnicos adscritos a estos juzgados de menores, se encargan de la valoración de los menores delincuentes o infractores, su labor consistirá en la elaboración de informes con trabajadores sociales y educadores, evaluando la personalidad y condicionantes (educativos, familiares…)de los menores infractores y recomendando las medidas a aplicar.
TEORÍAS PSICOLOGICAS
Dentro de las escuelas psicológicas que más influencia ha tenido en el desarrollo, de la ciencia criminológica, está el Psicoanalisis, representado por Freud, que sostiene que la personalidad es el resultado de fuerzas ajenas a la consciencia del sujeto, motivaciones esta, que pueden ser índole sexual principalmente.
También encontramos el Conductismo, que es un corriente dela psicología que defiende fervientemente la idea del método científico, pues en si esta escuela es netamente científica y parte gracia a la base de Wunt, sus mayores exponentes son Pavlov, Watson y Skinner, quiénes plantean el conductismo clásico y el operante, esta teoría poseía una visión mecanicista del hombre pues se basa en el concepto de arco reflejo base de estímulo y respuesta, indicando que el hombre está determinado por medio que lo rodea, y esto produce estímulos que lo condicionan a determinados actos.
Para la escuela Humanista el individuo es psicológicamente distintos de los animales, estableciendo que el individuo es por naturaleza bueno, además que cada uno posee una naturaleza especifica que le permite elegir mientras adquiere consciencia sobre la bifurcación entre lo bueno y lo malo, además de su naturaleza como raza, o sea como a otros individuos, posee una naturaleza individual y única; por ser cada sujeto distinto de los demás, como tal debe ser tratado y estudiado en particular.  Uno de los exponentes de esta escuela es Rogers, que se centra en el drama de la díada terapéutica (psicólogo-paciente) y parte de la idea de que el individuo tiene dentro de sí mismo recursos suficientes que pueden ser movilizados, con que el psicólogo consiga crear un clima adecuado.
Psicología Clínica Forense, las principales tareas de la Psicología Clínica aplicada a la Psicología forense consisten en la evaluación de daños a las víctimas de delitos, la evaluación del estado mental de los acusados, establecer la posible imputación de los hechos delictivos y en su caso asesorar al tribunal sobre el tipo de pena o tratamiento impuesto en caso de ser declarados culpables y la evaluación de la competencia de los testigos y víctimas para declarar.

TÉCNICAS QUE SE APLICA
Son las siguientes:
La entrevista Psicológica forense, es el procedimiento más utilizado en la Psicología Forense, esta permite obtener datos para el informe pericial y la formulación de hipótesis, asi como para la planificación de pruebas posteriores para la falsación o verificación de las mismas, entre ellas tenemos: Las entrevista Semi-extructuradas y estructuradas, las primeras son aquellas que permiten al peritado expresarse libremente, aunque sin perder el control y el objetivo de la entrevista en cambio las segundas, son aquellas específicamente diseñadas con un propósito y por lo tanto con un guion más o menos definido, se utilizan generalmente en casos de violencia de géneros, agresiones sexuales. Trastorno de estrés post traumático, toxicomanías entre otras.
Las pruebas Psicológicas, son habitualmente utilizadas después de la entrevista para la evaluación especifica de determinados parámetros, se aplican sobre todo para la evaluación de la inteligencia, de la personalidad y patológica, y del estado neurosicológico y entre podemos distinguir pruebas psicométricas y pruebas proyectivas, las primeras constituyen fundamentalmente un medida objetiva y tipificada de una muestra de conducta, lo que supone uniformidad en el procedimiento de aplicación y puntuación y una interpretación de los resultados conforme a unas normas establecidas, los más utilizados son os test de inteligencia, las pruebas de personalidad, y las pruebas neuropsicológicas; y las segundas se basan en la evaluación del comportamiento dinámico de los sujetos ante diferentes estímulos, por ejemplo dibujos y juegos.
Pruebas y técnicas específicas, en algunas evaluación especiales se utilizan pruebas específicas según el tipo de delito de que se trata, las más utilizadas se circunscriben a la evaluación de las agresiones sexuales, a la conducta violenta, a las víctimas de agresiones, a las toxicomanías, y a la evaluación de guarda y custodia.
Técnicas en la Psicología Forense Experimental, las principales técnicas utilizadas en la Psicología Forense Experimental  tienen como objetivo la obtención de pruebas testificales y su evaluación desde el punto de vista de la exactitud y credibilidad y dependen del tipo de prueba: identificación y declaración.

EL PERFIL DEL PSICOLOGO
Todo Psicólogo Forense, debe esencialmente ser idóneo, responsable y muy respetuoso de la Normativa Jurídica, Legal vigente, de un Estado; así como también contar con los siguientes requisitos, cualidades y aptitudes:
A.   Conocimientos:
ü  Formación Profesional.- Que recibido capacitación universitaria formal, presencial y haber obtenido Título de Pregrado de Psicología;
ü  Formación de Postgrado.- Haber realizados estudios universitarios avanzados y especializas y obtenido Título de especialista o Magister en Psicología Jurídica.

B.   Conocimientos Jurídicos:
ü  Cultura General.-Conocimientos previos sobre aspectos de actualidad, de culturas de noticias, de prácticas sociales, de política, de dinámicas comportamentales  y criminales que pueden favorecer el desempeño de la labor judicial e investigativa;
ü  Conocimientos Operativos.- Que posee información y/o experiencia sobre los procedimientos para realizar una tarea de investigación judicial, como la cadena de custodia o de procedimientos de investigación.

C.   Experiencia:
ü  Tipo de Experiencia.- Actividades empíricas realizadas, cualificadas y relacionadas con materias a fines a la Psicología Jurídica. Valida la obtenida en Instituciones Judiciales, penitenciarias, universitarias, militares o policiales, ONG, organizaciones internacionales que promueven los derechos humanos y por supuesto la experiencia clínica relacionados con problemáticas psicojurídicas.

D.   Habilidades Funcionales:
ü  Habilidad para realizar Diagnostico Psicológico.- Utilizar con destreza y habilidad los medios terapéuticos y de apoyo al diagnóstico que se caracterizan por su tecnología compleja, Manejo y conocimiento de manuales  de diagnóstico como ser DSMV y CIE – 10;
ü  Habilidad Psicoterapéutica.- Tratar de forma eficaz y rápida las respuestas humanas que se generan ante los problemas psico-jurídicos reales y/o potenciales que amenazan la vida o no permiten vivirla con dignidad.

E.    Ambiente Laboral:
ü  Adaptabilidad a la Presión.- Acomodación a situaciones estresantes, a trabajar con presión de tiempo sin que perjudique el desenvolvimiento personal;
ü  Tolerancia de Estrés.- Capacidad de ajustes a situaciones que generen sobrecarga, desafío o amenaza;
ü  Exposición al Peligro Físico.- Exposición a amenazas a la seguridad e integridad física y psicológica, aunque eventualmente estará expuesto al peligro biológico.

F.    Responsabilidades:
ü  En contacto con el público.- Del servidor depende la imagen institucional y de la concreción de la misión organizacional que perciban los usuarios;
ü  En responsabilidad Social.- El Psicólogo Forense durante su trabajo tiene influencia en decisiones respecto a bienes sociales e individuales de máxima importancia como la libertad, el control social, la verdad, la integridad psicológica, etc;
ü  Toma de decisiones.- Responsabilidad relacionada con la asesoría para que el abogado tome soluciones o juicios definitivos sobre asuntos judiciales en particular.

G.   Requisitos Físicos:
ü  Estar sentados.- Por más de dos tercios del tiempo laboral en posición sentado;
ü  Capacidad Visual.- Capacidad de percibir con precisión por medio de los ojos;
ü  Capacidad Auditiva.- Pues la mayor parte de su trabajo realizar funciones comunicativas y principalmente de escucha, de escucha activa para la cual requiere de otras funciones psicológicas superiores además de la capacidad sensorial auditiva.
H.   Valores:
Principalmente los que son coherentes con el Código Ético promulgado por la APA, que consagra cinco principios:
·         Hacer el bien;
·         Responsabilidad y Fidelidad;
·         Integridad;
·         Justicia;
·         Respeto a los derechos y dignidad humana.
EL PSICÓLOGO COMO PERITO JUDICIAL
El perito es la persona que, sin ser parte en el proceso, emite declaraciones sobre hechos que tienen carácter procesal en el momento de su captación, para cuyo conocimiento o apreciación son necesario o convenientes conocimientos científicos o artísticos.
En lo que concierne al perito Psicólogo Forense tienen que tener un Título a nivel licenciatura, de la carrera de Psicología y accesoriamente una especialidad en el área de Psicología Forense.
Jimenez (1997,citado por Juan Carlos Sierra, Eva M. Jiménez Gualberto Buela –Casal, 2006, 149), plantea que todo informe Psicológico, consiste en una comunicación (oral o escrita) donde por una parte, se presenta una síntesis de una evaluación o diagnostico efectuado, y por otra se indica el tratamiento más adecuado o recomendaciones de actuación, y por último, se da respuesta al motivo de la consulta u objetivos planteados.
La prueba pericial en todo proceso instaurado en los estrados judiciales, es muy importante y a la vez esencial, porque supone un medio de información al Juez de la causa que puede ser usado “cuando, para conocer o apreciar algún hecho de influencia en pleito sean necesarios o convenientes conocimientos científicos, artísticos o prácticos”.
La intervención del Psicólogo en el procedimiento judicial:
o   En el ámbito del Derecho de Familia (custodia de hijos, régimen de visitas, causas de separación)
o   En el ámbito del Derecho Penal. Apreciación de eximente o de circunstancias atenuantes  o agravantes.
o   En el ámbito del Derecho Civil:
-       Valoración de daños psicológicos derivados de accidentes.
-       Incapacidad judicial.
o   En el ámbito del Derecho Social. Valoración de incapacidades Psicológicas.
o   En el ámbito del Derecho Eclesiástico o Canónico. La nulidad Matrimonial por causas psicológicas o por incapacidad para asumir  las responsabilidades del matrimonio.
Dos normas relevantes que todo Psicólogo Forense debe tener presente a la hora de la elaboración de su Informe:
v  Primero, hay que tener siempre presente que, en la inmensa mayoría de los casos, el informe tendrá como destinatarios a personas ajenas a la Psicología y que, por tanto, no tienen por qué tener conocimientos de este campo. Ello implica que a la hora de redactar el informe se puede caer en el error de pensar que cuanta mayor terminología psicológica se emplee mejor y “más cualificado” quedara el informe y de forma indirecta es una equivocación, puesto que si los psicólogos forenses no conseguimos que nuestros informes sean de fácil entendimiento para un amplio espectro de destinatarios, muy difícil se nos tomara en cuenta.
v  Segundo, si no se consigue especificar con claridad y precisión los datos obtenidos tras una evaluación psicológica, por muy buena y detallada que haya sido dicha evaluación, está información se perderá, porque al no haber conseguido plasmar los resultados de forma adecuada, las demás personas (al no estar presente durante todo el proceso necesario para realizar un informe)se quedarán con lo único que se le proporciona, un informe inadecuado.
Formato del Informe Forense o Pericial:
En este aspecto, cada profesional de acuerdo a su experiencia profesional y sin olvidar incorporar todos los pasos necesarios para que un informe pericial quede completo, termina adoptando su propio estilo a la hora de redactar dicho informe, a continuación comentamos los apartados que deben aparecer en todo informe forense.
v  Datos de identificación, en este apartado se debe hacer constar el nombre de la persona de la persona o instancia que ha remitido al sujeto (si no ha sido el propio sujeto el que haya solicitado el informe) a la fecha de dicha remisión, así como el nombre completo del sujeto en estudio junto con el número de su documento nacional de identidad, edad, estado, civil, nacionalidad y dirección actual.
v  Procedimiento, dentro del que se deben incluir los siguientes elementos:
·         Parámetros de evaluación, en donde se identifican el número de sesiones de evaluación la frecuencia correspondiente a cada sesión (aportando la fecha), su duración y el lugar donde se hayan realizado dichas sesiones;
·         Área Psicológicas, en dónde se comentan las áreas psicológicas estudiadas y porque se han elegido éstas;
·          Tipos de pruebas, donde se especifican en primer lugar el nombre, abreviatura, autor/es y fecha de cada prueba, después se señalará lo que evalúa cada prueba, su duración, para que edades y tipo de muestra está diseñada y su fiabilidad y/o validez.
v  Resultados, en donde se aportan las puntuaciones tanto directas como centiles o típicas de cada prueba, sin interpretar y explicar estas puntuaciones.
v  Integración de resultados, en donde se interpretan y explican de manera objetiva las puntuaciones comentadas en la sección de los resultados. En esta sección no se debe llegar a formular o incluir conclusiones o recomendaciones.
v  Sinopsis de entrevistas, en donde se resume la información obtenida a través de la/s entrevista/s que se han llevado a cabo y un comentario acerca de la actitud del sujeto durante dicha/s entrevista/s (cooperación, lenguaje corporal, contacto visual, etc).
v  Conclusiones, constituye el apartado más importante del informe forense; en él se especifican las conclusiones finales que engloba todo el informe. No debe ser muy extenso y aquí es doblemente importante cuidar la redacción y el hecho de que sea fácilmente inteligible por cualquier persona a la Psicología.
v  Terminología técnica, en este apartado es necesario incluir una breve y clara definición de todos los conceptos técnicos o psicológicos que aparecen a lo largo del informe, para un mejor entendimiento de éste por parte del destinatario.  
v  Anexo, este aparado está reservado para agregar, cuando sea pertinente, posible documentación que tenga relación con el caso en cuestión (dibujos, preguntas utilizadas en un prueba de polígrafo, etc.).
v  Bibliografía, aquí se debe incluir el listado de todas las referencias bibliográficas utilizadas a lo largo del proceso de evaluación y de redacción del informe.
v  Por último, se debe hacer constar el nombre completo del evaluador ó evaluadores, junto a su número de colegiado y su firma.
Tipos de Informes Psicológicos:
Son los siguientes que a continuación se enuncian:
v  Certificado Psicológico, se enfoca en el ámbito social y en estos certificados no se hace referencia al proceso de evaluación, que suele ser muy corto; solamente se incluyen los resultados finales, sin añadir recomendaciones ni posibles tratamientos. Ejemplos de certificados psicológicos (conducir, licencia de armas), selección de personal, etc.
v  Informe Clínico, se enfoca en el ámbito de la salud. Estos informes están diseñados principalmente como forma de recopilar el historial de un paciente, para así hacer hacer más fácil el seguimiento del proceso terapéutico. En este caso el informe en sí no es el objetivo final, sino que es un mero instrumento. Ejemplos de informes clínicos son los realizados tras finalizar un tratamiento psicológico, aquellos para justificar una baja laboral, etc.
v  Informe forense o pericial, se enfoca en el ámbito judicial. Estos informes son propiamente los que se encuentran dentro de la Psicología Forense.
v  Contrainforme, este tipo de informe se puede encuadrar en diversas áreas psicológicas, aunque es más común dentro del ámbito forense. No se trata de dar un informe psicológico en sí, sino de una crítica o revisión de un informe psicológico previamente elaborado.

REALIDAD LABORAL
Los Psicólogos forenses en la actualidad forman parte de los equipos interdisciplinarios de los Juzgados de la Niñez y Adolescencia, quienes intervienen en los procesos de tutela, tenencia, guarda legal, adopción. Y son en los únicos juzgados donde están adscritos, puesto que la normativa jurídica no les permite, también conformar equipos interdisciplinarios en otra clase de juzgados, dentro de los Tribunales Departamentales del Estado Plurinacional de Bolivia,
Por otro lado también intervienen en los procesos penales, cuando el niño, niña adolescente, participa como víctima o victimario de un hecho delictivo como ser: violación, abuso deshonesto, estupro, robo, homicidio y otros en los cuales los Psicólogos Forenses, son servidores públicos pertenecientes a los Gobiernos Autónomas Municipales (Defensorías de la Niñez y Adolescencia), ó de las Fiscalías Departamentales de cada distrito (Ministerio Público).

LA PSICOLOGÍA FORENSE EN BOLIVIA
Actualmente, el sistema judicial en Bolivia vive un periodo de transición entre el antiguo sistema inquisitivo y el Nuevo Código de Procedimiento Penal (en vigencia a partir del 31 de mayo del 2001). Dicho sistema ha cambiado la forma composición de las instancias judiciales, pasando de un procedimiento escrito a otro verbal u oral, es decir utiliza un elemento de naturaleza acusatoria, el juicio oral, que se celebra de forma pública, continua y contradictoria como elemento central.
Y lo más novedoso, es que introduce los jurados civiles o lo que es lo mismo los jueces ciudadanos que, junto a los jueces técnicos tienen la función de administrar la justicia, encargándose de del juzgamiento de los acusados por delitos cuyas penas superen los cuatro años de privación de libertad, esto es, aquellos delito graves que son de interés de la sociedad. Dicho jueces son seleccionados por las partes en una audiencia pública y especial celebrada para tal efecto.
Por otra parte, el sistema probatorio del nuevo Código está basado en el principio de libre valoración de la prueba, a través del cual el juez puede admitir como medios de prueba todos aquello elementos que puedan conducir al conocimiento d la verdad de los hechos, de la responsabilidad o personalidad del imputado, dentro de estos medios de prueba se encuentra la prueba testimonial y pericial. Es así que el Nuevo Código de Procedimiento Penal, en su artículo 204 (Pericia), establece que una pericia se ordenara siempre y cuando sean necesarios los conocimientos especializados de alguna ciencia, arte o técnica para poder descubrir o valorar un elemento de prueba, y el artículo 205, se refiere a los peritos, indicando que estos serán designados según la reglamentación estatal y por su acreditación de idoneidad en la materia, por lo que si la ciencia, técnica o arte, no está reglamentada, o si no es posible contar con un perito en el lugar del proceso, se designara una persona de acuerdo con su idoneidad manifiesta, y el artículo 207 del mismo cuerpo legal menciona a los Consultores Técnicos. El consultor técnico puede presenciar la pericia y hacer observaciones durante su transcurso, sin emitir dictamen, asimismo en la audiencia puede asesorar a las partes en los actos propios de su función, como ser interrogar directamente a los ´peritos y a los testigos y concluir sobre la prueba pericial, pero siempre bajo la dirección de la parte a la que asisten. Dichos consultores deben ser especialistas en alguna área específica, dentro de lo que cabe destacar a la Psicología, y son nombrados directamente por la Fiscalía, sin necesidad de autorización judicial.